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Ventajas de la nueva Ley de Mejora Regulatoria

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Ventajas de la nueva Ley de Mejora Regulatoria

030810congreso-mejoraMérida, Yucatán, a 03 de agosto de 2010.- La nueva Ley de Mejora Regulatoria, está conformada por Cinco Títulos, 63 artículos y con doce transitorios, y reducirá de un año a un mes, a más tardar, la apertura de una empresa y simplificaría la presentación de requisitos al  otorgar una clave única empresarial para disminuir la entrega de documentos.

De igual manera homologa trámites estatales, que en conjunto otorga 550 servicios para los que es necesario entregar cierta documentación, sin tomar en cuenta los que prestan las instancias  municipales y federales.

Ya no habrá necesidad de sacar tantas fotocopias del acta de nacimiento, IFE, alta en la Secretaría de Hacienda, Clave Única del Registro de Población, predial, comprobante domiciliario, por citar los más comunes.

Entre los aspectos novedosos de esta ley en la que intervienen Oficialía Mayor, Secretaría de Planeación y Presupuesto y Secretaría de Fomento Económico destacan:

1. La creación de un Consejo Estatal de Mejora Regulatoria, que será quien vigile y dirija la Mejora Regulatoria en el Estado, a través de tres comités de regulación.

2. La oportunidad para que organismos públicos distintos a los que integran la Administración Pública Estatal, puedan adherirse al Sistema Estatal de Mejora Regulatoria.

3. La creación del Programa Especial de Mejora Regulatoria, de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo 2007-2012.

4. La instauración de un Padrón de Trámites y Servicios (PTS), por medio del cual las personas físicas y morales interesadas conocerán la totalidad de los trámites y servicios que proporcionan las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado.

5. El establecimiento de las Manifestaciones de Impacto Regulatorio (MIR), las cuales consisten en el documento de estudio, análisis, evaluación del costo-beneficio y justificación de la regulación.

6. La integración del Registro Único de Personas Acreditadas en Yucatán (RUPAY), que constituye un padrón en el cual se registran las personas físicas o morales interesadas en realizar trámites y servicios ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, con el objetivo de que el usuario ahorre tiempo, dinero o papeleo.

7. La existencia del Módulo de Ventanilla Universal (MVU), que será un sitio público en el cual las personas físicas o morales podrán realizar los trámites tendientes para la constitución de una empresa en el Estado en un corto plazo.

En nota aparte, damos cuenta de la postura política y los comentarios vertidos por los diputados con respecto a esta nueva norma.

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