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IPEPAC desecha quejas del PAN

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IPEPAC desecha quejas del PAN

200610ipepac-boletosMérida, Yucatán, a 20 de junio de 2010.- El Consejo General del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (IPEPAC) declaró infundada la queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra de los candidatos del PRI a la alcaldía de Mérida, Angélica Araujo Lara y a diputado, Carlos Pavón Flores, por la entrega de boletos con propaganda electoral a los usuarios del servicio del transporte público de Mérida.

Por medio de su representante ante el Consejo General, Orlando Pérez Moguel, el PAN presentó la queja respectiva el ocho de mayo pasado por la probable comisión de alguna falta o faltas previstas por la ley electoral aplicable.

En su queja, el partido político considera que se viola la fracción II del artículo 71 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán en la que se advierte que bajo ninguna circunstancia las empresas de carácter mercantil podrán  realizar aportaciones o donativos a los partidos políticos y candidatos, en dinero o en especie.

No obstante, como pruebas únicamente presentó recortes periodísticos y un boleto y medio de los que supuestamente se entregaron en las unidades de transporte, lo cual no hacen prueba plena del agravio alegado.

Por su lado, el representante legal de la empresa Micro Expreso Urbano, David Quintal Medina, respondió que el señor Adrián Ocampo Cámara fue quién solicitó la distribución de 20 mil boletos, con publicidad que él determinó en el reverso, servicio por el que pagó mil pesos más el Impuesto al Valor Agregado y cuya factura número 4261 de fecha siete de abril del 2010, entregó como prueba certificada ante notario público.

Por lo anterior, la Unidad Técnica de Fiscalización determinó en su proyecto de resolución turnada al Consejo General que no existe delito alguno en virtud de que el donativo viene de una persona física y no de una empresa de carácter mercantil.

Sin embargo, en entrevista posterior, el titular de la Unidad Técnica de Fiscalización, Jorge Mimenza Orosa, advirtió que en el momento que los partidos políticos entreguen los informes de gastos de campaña, si el PRI no cumple con presentar dichos gastos contratados con la empresa Micro Expreso Urbano, en el momento de la fiscalización saldrá y será observado.

Pese a las consideraciones esgrimidas en la resolución, el representante del PAN, Renán Erosa Osorio, solicitó devolver el proyecto a la Unidad Técnica de Fiscalización para que antes de su aprobación se funde y motive correctamente. En respuesta, el representante del PRI, Rafael Bentata Morcillo le hizo notar que los considerandos 12 y 13 son claros y contundentes.

Al considerarse suficientemente discutido el asunto, el consejero presidente, Fernando Bolio Vales sometió a votación el proyecto de resolución que declaró improcedente la queja, mismo que fue aprobado por unanimidad por los cinco consejeros electorales.

(Comunicado. Prensa IPEPAC)

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