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Hasta dos años de cárcel por maltrato animal

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Hasta dos años de cárcel por maltrato animal

220213perro-tristeMérida, Yucatán, a 15 de abril de 2013.- Penas  y multas contra quienes cometan actos de maltrato o crueldad en contra de los animales domésticos, es lo que contemplan las Reformas al Código Penal aprobada por unanimidad en el Pleno del Congreso del Estado.

En su intervención ante el Pleno,  el presidente de la Comisión de Medio Ambiente,  Mauricio Vila Dosal, explicó que aquellos que cometan actos de maltrato o crueldad en contra de los animales domésticos tendrán una pena de tres meses a un año de prisión y de 50 a 100 días multa, aumentando hasta en una mitad si estos casos provocan una incapacidad parcial o total permanente al animal que la sufrió.

“En caso de provocar la muerte, la pena será de seis meses a dos años de prisión y de 200 a 400 días de multa aumentando estas últimas penas en una mitad si se hace mediante usos de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal”, señaló.

Precisó que esta iniciativa contempla adelantos legales en materia de protección a los animales, añadiendo al Código Penal un título denominado “Delitos contra animales domésticos” y un capítulo denominado “Maltrato o Crueldad en  contra de los animales Domésticos.

Asimismo, Vila Dosal indicó que esta iniciativa no solamente protege a los animales que acompañan al ser humano en su vida diaria o que son utilizados como mascotas, sino que incluyen a los animales callejeros que habitan o deambulan por la vía pública sin medio que los identifique o aquellos que no tienen cuidado de sus dueños o poseedores.

Esta iniciativa es de gran importancia debido a que es una propuesta proveniente de las asociaciones civiles y grupos organizados de la sociedad civil cuya labor es realizar acciones de rescate a animales maltratados, velar por su recuperación, crear programas de adopción y procurar siempre el respeto irrestricto al medio ambiente.

Otra de las bondades con las que cuenta esta iniciativa es que para el aseguramiento  de  los  animales domésticos, las asociaciones protectoras de animales deberán tener el oportuno conocimiento y podrán solicitar, ya sea a la Fiscalía General del Estado o al Juez competente, el resguardo temporal hasta por un plazo de seis meses, e incluso podrán obtener la posesión definitiva del animal asegurado.

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