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Sistema de Justicia para Adolescentes ha mostrado eficacia

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Sistema de Justicia para Adolescentes ha mostrado eficacia

A 10 años de aplicarse el Sistema de Justicia para Adolescentes ha quedado demostrado su efectividad y, como ejemplo, basta citar que a quienes se les aplican los tratamientos por haber sido encontrados responsables de un delito, en un 98% de los casos no vuelven a reincidir, aunque los casos que quedan en manos de quienes tienen la responsabilidad de formarlos pueden cometer el error de repetir hasta en un 58%, subrayó ayer el magistrado especializado en Justicia para Adolescentes, Santiago Altamirano Escalante.
Durante la conmemoración del décimo aniversario de la entrada en vigor de ese ordenamiento para adolescentes, expuso que hace 10 años “no imaginábamos que nos convertiríamos en los operadores de la transformación constitucional de más alto impacto a favor de la sociedad, dándole inicio al más grande proceso de transformación en materia de derechos humanos en nuestro sistema de seguridad y justicia”.
Señaló que las niñas, los niños y adolescentes fueron los primeros beneficiados con la evolución de nuestro sistema jurídico nacional en materia penal, ya que el contexto del Artículo 18 constitucional permitió en nuestro país dar los primeros pasos a favor de la dignidad de toda persona.

Camino correcto

Hoy podemos asegurar –apuntó–, que todos quienes hemos llegado al sistema, tenemos más razones para quedarnos, que las que nos pudieran inducir a dejarlo, que son más los motivos que nos impulsan a fortalecer este sistema de responsabilidad, que aquellos que nos hagan proponer regresar al de punibilidad.
—Tenemos la certeza que estamos en el camino correcto, la formación del ser humano debe ser la tarea a la que se debe de enfocar toda sociedad, a nosotros nos toca atender a aquellos que por diversas circunstancias cometen el error de delinquir, labor nada fácil cuando estamos claros que los defectos de los hijos son errores de los padres, añadió.
Indicó que la ampliación al máximo de los derechos de los menores de edad encuentra sustento en la progresividad, pero es en el Artículo 40 de la Convención de los Derechos del Niño, en el que se habla de la importancia de su reintegración cuando cometiere un hecho que la ley señala como delito.
—No debemos olvidar que esta inercia internacional fue motivada por el largo tiempo en el que las niñas, los niños y adolescentes vivieron estigmatizados, señalados como incapaces, como inimputables y con capacidades disminuidas, incluso al punto tal de ser considerados “proyectos de persona”.
Puntualizó que la transformación plena del modelo integral para adolescentes se fortaleció con la reforma del año 2008, con la que se estableció el Sistema Penal Acusatorio y Oral, hecho jurídico que da un giro a la historia creada hasta ese entonces con la doctrina y la dogmática en materia penal para adolescentes.

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