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SAT simplifica Declaración Anual 2016 del ISR

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SAT simplifica Declaración Anual 2016 del ISR

El Servicio de Administración Tributaria anunció ayer nuevas facilidades para que las personas físicas presenten su Declaración Anual 2016 del Impuesto Sobre la Renta y quienes solamente obtuvieron salarios de un patrón no están obligados a presentar la declaración, informó la administradora local de Servicios al Contribuyente del SAT, Leticia Jeanett Martínez Medina.
Además –resaltó–, los contribuyentes podrán presentar su declaración vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas y la e.firma sólo se requerirá cuando sean saldos a favor mayores de 50 mil pesos.
Observó que este año es el primero que se presenta un paquete tan completo de facilidades, lo que ha sido posible gracias a la confianza de los contribuyentes y en virtud de las facturas que emitieron y recibieron en el 2016, así como del uso de la tecnología como aliada para la productividad de la Institución.
Resaltó que estas acciones tienen como objetivo facilitar a los contribuyentes responsables los trámites para que puedan cumplir con sus obligaciones y, asimismo, vigilar a quienes deciden no hacerlo.
Este año se ofrece para los asalariados una propuesta de declaración que ya contiene su información pre llenada y, en su caso, con un monto de saldo a favor, por lo que sólo tienen que revisarla y, si están de acuerdo, enviarla. También la podrán presentar vía telefónica si no deducen más de 25 facturas electrónicas.
Otras de las facilidades que presenta el SAT es que los contribuyentes pueden enviar su declaración con contraseña, la cual se puede obtener o recuperar por Internet, teléfono o SAT Móvil (a partir de la primera semana de abril).
La funcionaria dijo que, si se tiene saldo a cargo, se puede pagar hasta en 6 parcialidades y las líneas de captura se generan automáticamente y desde DeclaraSAT se puede activar el Buzón Tributario para darle seguimiento al trámite de devolución.
De igual forma destacó que el SAT ha tomado las previsiones necesarias para devolver el monto que corresponda por las deducciones presentadas, en un plazo de 3 a 5 días a partir del envío de la declaración.
Puntualizó que las personas físicas que obtengan saldo a favor menor a 50 mil pesos sólo necesitarán su contraseña para que Hacienda les devuelva, siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad una devolución y seleccionen la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT.
A partir de este año, al día siguiente de presentar la declaración se podrá consultar el estatus en el Buzón Tributario y, en su caso, ahí mismo depositar documentos que falten para la devolución o ajustar la declaración.
Recordó que la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su Declaración Anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo con el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Al abundar sobre quienes solamente obtuvieron salarios de un patrón y no están obligados a presentar la declaración, si desean obtener su devolución pueden presentarla en cualquier momento del año.
Remarcó que con estas facilidades se simplifica la presentación de la declaración para que las personas físicas puedan cumplir con sus responsabilidades de una manera más fácil y ágil.

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