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Entregan ley de la Fiscalía del Estado

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Entregan ley de la Fiscalía del Estado

051010defensoria-legalMérida, Yucatán, a 05 de octubre de 2010.- El Congreso del Estado recibió del Ejecutivo estatal las iniciativas de la Ley de la Fiscalía General y Ley del Instituto de Defensa Pública ambas del estado de Yucatán.

La primera convierte a la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en la Fiscalía General y la segunda a la Defensoría Legal en el Instituto de Defensa Pública, a fin de transformarla.

A nombre de los diputados de la LIX Legislatura local, el presidente de la Gran Comisión, Mauricio Sahuí Rivero, recibió las propuestas de manos de Sergio Cuevas González y  Héctor Cabrera Rivero, Consejero Jurídico y Procurador  de Justicia, respectivamente.

 “Acogemos estas iniciativas, que estamos seguros son para el beneficio de nuestro Estado y tengan la seguridad que se realizara un trabajo profundo y consiente para su dictamen”, manifestó.

Sahuí Rivero dijo que con estas iniciativas se cumplirá con lo ya establecido en la Constitución del Estado, beneficiando a los yucatecos con un moderno marco jurídico y comento que a la brevedad serán turnadas a las comisiones correspondientes.

La de Ley de la Fiscalía General que consta de 71 artículos, busca establecer la organización y funcionamiento de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, para el ejercicio de las atribuciones y el despacho de los asuntos que le confieren a la Institución del Ministerio Público, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  la Constitución Política del Estado de Yucatán y demás disposiciones legales aplicables.

Con el nuevo ordenamiento, se dota a la Fiscalía General del Estado de autonomía técnica y de gestión para asegurar el cumplimiento de los mandatos constitucionales en materia de seguridad y justicia.

Se prevé la posibilidad de establecer, en caso de ser necesario, Fiscalías Regionales en el territorio del Estado.

De igual manera, se plantea la diversificación en las funciones de la actual Subprocuraduría Especializada en Delitos Electorales, para crear la Vice Fiscalía Especializada en Delitos Electorales y Contra el Medio Ambiente.

Se incluye un Capítulo relativo a la prestación del servicio de escolta pública, el cual se eleva a rango de ley, es aquel mediante el cual el Estado otorga a los servidores públicos que hayan tenido relación con la seguridad pública, la responsabilidad directa de la investigación de los delitos o la operación de centros de reclusión.

Se adecuan las funciones del Ministerio Público a las funciones requeridas por el nuevo modelo procesal penal de carácter acusatorio.

Se retiran a la Fiscalía, las funciones de consejería jurídica y representante legal del Poder Ejecutivo, pero en cambio, se conservan sus funciones de investigación y acusación en materia penal, así como la de vigilancia de la constitucionalidad y la legalidad en la defensa y la promoción del interés público y social.

Sobre la iniciativa de Ley del Instituto de Defensa Pública, esta consta de 58 artículos en el texto de la Iniciativa de Ley y 8 artículos transitorios y busca garantizar el derecho a la defensa penal pública y profesional; asegurar el derecho de acceso a la justicia en las ramas del derecho diversas a la penal; regular el servicio de defensoría pública; crear y normar al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Yucatán y establecer un servicio profesional de carrera para los servidores públicos adscritos a dicho Instituto.

Entre las novedades de la iniciativa se busca establecer la posibilidad de que la defensa penal pública pueda ser prestada por particulares, ya sea bajo un régimen altruista (pro bono) como se usa en otros países, o bien, mediante la contratación de dichos servicios a través del sistema de licitaciones de la defensa penal pública.

La propuesta del Ejecutiva amplía el contenido material del derecho a la defensa pública en lo relativo a la inserción gratuita de edictos y asistencia pericial gratuita, para quienes no cuenten con recursos para pagar estos servicios, así como la gestión para la obtención de copias, documentos e instrumentos que obren en el expediente, entre otros aspectos.

Se establece que los Defensores Públicos y Asesores Jurídicos requieren contar con un perfil profesional de calidad acreditable y para acceder al puesto, deberán: sustentar concursos de oposición y exámenes de permanencia para conservarlo; asimismo, los Defensores Públicos deben contar con conocimientos y habilidades en el sistema acusatorio.

Se crea un órgano administrativo desconcentrado de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, denominado Instituto de Defensa Pública del Estado de Yucatán, con autonomía técnica y de gestión, que será responsable de la prestación del servicio de defensoría pública, en sustitución de la actual Dirección de Defensoría Legal.

Se dota al Instituto de Defensa Pública del Estado de Yucatán, de: Defensores Públicos y Asesores Jurídicos, de Mediadores, Analistas, Peritos y Trabajadores Sociales, todo este equipo encabezado por el Defensor General del Estado, a fin de brindar un servicio de defensoría pública integral.

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