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Cárcel a quien abandone a senescentes

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Cárcel a quien abandone a senescentes

040413angelica-senectosMéxico, D.F., a 04 de abril de 2013.- El DIF nacional reporta que 60 de cada 100 personas de la tercera edad que ingresan a sus centros gerontológicos son abandonados por sus hijos, para evitarlo, la senadora Angélica Araujo Lara suscribió un proyecto de decreto para reformar el Código Penal Federal, a fin de sancionar a quien deje a su suerte a una persona adulta mayor o gente en situación vulnerable.

-Más de la mitad de los abuelos y abuelas sufre diariamente abandono y el maltrato, principalmente de sus familiares más cercanos, quienes a cambio de proporcionarles alimentos y un espacio donde vivir abusan de ellos; incluso en sus propios inmuebles son abandonados en habitaciones carentes de salubridad, alimentos, atención médica y cuidados mínimos – afirmó la legisladora

La propuesta, que presentó su compañera priista Margarita Flores Sánchez, reporta que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía contabilizó que durante el 2011 en México residían 10.1 millones de adultos mayores, lo que representa  el nueve por ciento de la población total del país.

El estudio indicó que uno de cada 10 vivía sólo; de cada 100 hogares, 27 están integrados por al menos una persona de 60 años y más, y que el 21.4 por ciento de ese segmento, presenta carencia por acceso a la alimentación.

La propuesta, sustenta que en el país existen 744 casas hogar para adultos mayores o asilos de ancianos del DIF, en los que les proporcionan atención y cuidados médicos.

El INEGI estima que la población de 65 años y más se multiplicará por cuatro en los próximos tres o cuatro decenios, es decir, el envejecimiento de la población está creciendo rápidamente

Es por ello que el Estado debe ocuparse de la prevención y atención sobre las personas adultas mayores y contar con un marco jurídico más sólido que permita castigar el rechazo y abandono de ese segmento, por ello se pretender reformar el artículo 335 del Código Penal Federal, para que, al que abandone a una persona adulta mayor o enferma, se le aplique de un mes a cuatro años de prisión , privándolo, además de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.

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