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Se establecen nuevas condiciones para pesca de langosta

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Se establecen nuevas condiciones para pesca de langosta

A partir del 6 de noviembre de este año los pescadores de Yucatán no podrán capturar langosta con arpón y sus modalidades, ni descabezarlas en altamar, sino que los ejemplares deben llegar enteras al puerto.

Así lo establece la nueva Norma Oficial Mexicana NOM-006-SAG/PESC-2016, publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación.

veda-langostaLa Sagarpa informó a través de esa publicación oficial que la NOM es de carácter nacional y enfatiza que en Yucatán y Quintana Roo se usan como artes de pesca el arpón, el cual quedará prohibido, así como “limpiar” las langostas en altamar.

El objetivo de la normativa, se argumenta, es regular el aprovechamiento de todas las especies de langosta en las aguas de jurisdicción federal del golfo de México y mar Caribe, así como del Océano Pacífico, que incluye el golfo de California.

“En el litoral del golfo de México y mar Caribe, la langosta del Caribe (Panulirus argus), contribuye con el 95 por ciento de las capturas totales de langosta y el 5 por ciento restante se compone fundamentalmente de langosta pinta (Panulirus guttatus), especies que inician su ciclo de reproducción de manera diferenciada, cuando han alcanzado la talla de madurez sexual por lo que, para garantizar un número adecuado de organismos reproductores en sus poblaciones, se hace necesario el establecimiento de tallas mínimas de captura.

“En esta región, particularmente en los estados de Yucatán y Quintana Roo, los principales métodos de captura de langosta son el buceo y la utilización de ganchos, redes agalleras, así como la casita cubana y las trampas, el primero de los cuales dificulta la verificación de la observancia de las regulaciones de talla mínima vigente, por lo que es necesario inducir un cambio tecnológico en este tipo de captura”, se consigna.

Las especies que incluye la normativa para el golfo de México y mar Caribe son: langosta pinta (Panulirus guttatus), langosta verde (Panulirus laevicauda) y langosta del Caribe (Panulirus argus).

Las tallas mínimas son 135 milímetros de longitud abdominal para la pinta y 145 milímetros para la del Caribe.
La Norma, que había regulado la captura de langosta era la NOM006PESC1993, que determinaba la misma talla para la pinta y 10 milímetros menos para la del Caribe, ya que establecía 135 milímetros; esta normativa queda eliminada con la nueva publicación.

La captura mediante la utilización de trampas se autoriza porque permite extrae a los organismos vivos y devolver a su medio natural a los menores de la talla mínima de captura, así como a las hembras con hueva o masa ovígera adherida.

“En el caso de las aguas de jurisdicción federal de Quintana Roo y Yucatán, la captura de langosta podrá realizarse mediante buceo libre o en “apnea”, buceo autónomo con “scuba”, buceo con “hookah” o compresor y con el auxilio de refugios artificiales denominados “casitas”, pudiéndose utilizar ganchos como instrumentos complementarios, quedando prohibido el uso de arpones o sus modalidades”, se determina.

Además se delimita que en las embarcaciones menores de 10.5 metros de eslora con motor fuera de borda de hasta 115 caballos de fuerza, pueden llevar de 2 a 3 pescadores.

En las embarcaciones de 12 y 18 metros de eslora con motor estacionario, pueden operar como nodrizas, transportando de 10 a 12 pescadores y hasta 6 “alijos”, cada uno con un máximo de 4 pescadores.
Las langostas capturadas deberán desembarcarse enteras (sin descabezar). Queda prohibido dañar, mutilar deliberadamente o descabezar a bordo los organismos capturados.

La normativa entrará en vigor a los 60 días naturales de la publicación, que fue ayer, lo que significa que el 6 de noviembre entrará en vigor.

Esta normativa llega en un momento de desorden en las capturas, pues la pesca ilegal se mantiene como una constante en el litoral Oriente del Estado.

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