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Denominación de origen al chile habanero

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Denominación de origen al chile habanero

convencion-chileMérida, Yucatán, a 04 de junio de 2010.- A partir de ahora, los productores locales contarán con mayor certeza jurídica para la comercialización  del chile habanero, toda vez que el Diario Oficial de la Federación publicó la declaratoria para la denominación de origen de ese cultivo.

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) resolvió emitir la declaratoria mediante la cual se protege el “Chile Habanero de la Península de Yucatán”, ello dará paso a que se establezca la Norma Oficial Mexicana (NOM) que garantice la calidad y origen de los productos derivados del tradicional alimento.

En el documento, se especifica que la solicitud fue presentada en conjunto por los gobernadores de Yucatán y Quintana Roo, Ivonne Ortega Pacheco Félix González Canto, así como el ex mandatario de Campeche, Jorge Carlos Hurtado Valdez, y tres asociaciones dedicadas a la producción del chile habanero.

Entre las consideraciones para otorgar la denominación de origen, se enumeran tanto los aspectos territoriales y geográficos, así como los culturales.

“El fruto del Chile habanero de la Península de Yucatán se considera uno de los chiles más picantes del mundo”, explica la declaratoria, en la que se especifica que el picor se debe a la especial y alta concentración de dos sustancias.

“Adicionalmente, la calidad del Chile habanero de la Península de Yucatán es acentuada por presentar una vida de anaquel de entre 10 y 20 días; esto es, el tiempo que mantiene su firmeza después de cortarlo de la planta. Esta característica es reconocida a nivel mundial”, subraya el escrito.

Asimismo, destaca que los factores naturales y características del suelo de la Península, son ideales para la producción del habanero.

“No existe ningún guiso picante en la tradición culinaria de la Península de Yucatán en la que el chile habanero no se utilice para dar sabor y sensación de picor, lo cual es una evidencia de que los chiles habaneros de la zona peninsular fueron seleccionados, entre otras cosas, por tal característica”, apunta.

Con la declaratoria publicada este viernes en el DOF, se ampara el fruto y los productos derivados del Chile habanero producido en la Península de Yucatán. Específicamente, los productos terminados protegidos son: el chile habanero fresco, en estado inmaduro o maduro; en curtido;  en pasta;  deshidratado entero y en polvo; y en salsas.

Será en 90 días que la declaración para la denominación de origen surta efecto, en tanto, se habrá de crear la NOM que estandarice y fije las características del proceso para la producción del habanero.

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