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Afiliación voluntaria al IMSS

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Afiliación voluntaria al IMSS

delegacion-imssMérida, Yucatán, a 23 de noviembre de 2010.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) comprende dos tipos de regímenes para el seguro: el obligatorio, que se financia con las contribuciones provenientes de patrones, el Estado y el propio trabajador; y el voluntario, en el que alguien decide incorporarse al régimen obligatorio, mediante un convenio entre el asegurado y el propio Instituto, y pueden ser: profesionales independientes, pequeños comerciantes, artesanos, trabajadores no asalariados, empleados domésticos, pequeños propietarios, ejidatarios y colonos, entre otros.

El régimen voluntario comprende el Seguro de Salud para la Familia (SSF), de acuerdo al artículo 242 de la Ley del Seguro Social que contempla el pago de cuotas anuales anticipadas por cada sujeto y familiar adicional que se contrate, de acuerdo a la edad:

De cero a 19 años, la cuota en moneda nacional es de mil 265 con 10 centavos.

De 20 a 39, de mil 478 con 60 centavos.

De 40 a 59 años, dos mil 210 con 10 centavos.

Personas mayores de 60 años, tres mil 325 con 70 centavos.

De acuerdo al Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, existen ciertas condicionantes para la contratación de este tipo de seguro, como tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas, entre los que destacan los siguientes: seis meses de espera después de diagnosticar tumoración benigna de mama, diez meses para atención de un parto, un año para intervenciones quirúrgicas por padecimientos ginecológicos (excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal), cirugías de hernias, cirugía de insuficiencia venosa y várices y dos años para cirugía ortopédica.

Para el trámite de alta en el Seguro de Salud para la Familia es necesario acudir al Departamento de Afiliación de la Subdelegación Metropolitana que le corresponda de acuerdo a su domicilio (Mérida Norte y Mérida Sur), en donde se debe llenar y firmar una forma individual, un cuestionario médico proporcionado por el IMSS, así mismo los integrantes del núcleo familiar que deseen adquirir el seguro deberán someterse a los exámenes y estudios que el instituto determine para constatar su estado de salud.

Con este seguro se adquiere derecho a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad (artículo 106 del Reglamento del IMSS), lo que significa únicamente atención médica, hospitalaria y medicamentos; no comprende pago de incapacidades ni pensiones.

Tampoco cubre cirugía estética, adquisiciones de anteojos, lentes de contacto, lentes intraoculares y aparatos auditivos; cirugía para corrección de astigmatismo, presbicia, miopía e hipertropía; ni examen médico preventivo solicitado por el asegurado y beneficiarios; ni tratamientos a causa de lesiones autoinfligidas y derivadas de intento de suicidio; de lesiones derivadas de la práctica de deportes de alto riesgo; de trastornos conducta y aprendizaje; dentales, excepto extracciones, limpieza y obturaciones, entre otros no incluidos.

Para mayores informes, consultar la página oficial del IMSS www.imss.gob.mx o acudir a las Subdelegaciones Mérida Norte o Sur, ubicadas en calle 7 No. 131 por 38 colonia Pensiones y en calle 131 No.999 por 42 sur colonia Serapio Rendón, respectivamente, de lunes a viernes, en horario de 8 de la mañana a 4 de la tarde.

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