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Se ahonda la división del PAN en el Congreso local

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Se ahonda la división del PAN en el Congreso local

congreso-convocatoria-teeEl Congreso del Estado aprobó por mayoría la convocatoria para designar a 2 Magistrados del Tribunal Electoral del Estado, conforme al artículo 322 de la Ley de Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana, en virtud de que concluyen sus funciones como Magistrados del TEE, los C. C. Nayibe del Carmen Valencia Sansores José Jesús Mateo Salazar Azcorra el 30 de Marzo del presente año.

Durante la discusión de este dictamen relativo a la expedición de la Convocatoria, la diputada panista Patricia Gamboa Wong insistió, como hiciera durante la sesión de comisiones, en que se resolviera primero la posible ratificación de los magistrados, para después emitir la convocatoria, por lo que solicitó que se votara en contra del dictamen.

Por su parte, a favor del dictamen, su propio compañero de bancada, Julio Garrido Rojas, enfatizó que lo que se busca es cumplir con los tiempos que están estipulados por el Código de Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán y por ende, el cumplimiento de la Ley y llamando “populista” la solicitud de su coordinadora.

Tras la votación del dictamen, ya en el Punto de los Asuntos Generales, hizo uso de la palabra el también blanquiazul Ramón Gilberto Salazar Esquer, quien tras aclarar que su intervención se debía a su preocupación por dejar claro el sentido de su voto a favor del dictamen, se sumó al posicionamiento de su compañero de bancada Garrido Rojas.

La Convocatoria aprobada por mayoría, establece que las organizaciones ciudadanas solo podrá proponer un candidato a Magistrado Electoral, a través de su representante legal, también señala que los proponentes deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 322 fracción II de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán, a saber:

a) Acreditar estar constituidas, registradas o inscritas, según el caso, conforme a la Ley, con antigüedad no menor de 7 años;

b) No tener como objeto la obtención de lucro;

c) Tener domicilio legal en el Estado, y

d) Tener como objeto o fin la realización de actividades de carácter académico, cultural, profesional o social.

También establece que las organizaciones ciudadanas, dentro del plazo de 10 días hábiles posteriores a dicha publicación, presentarán ante la Oficialía Mayor del Congreso la propuesta que contendrá:

a) La aceptación por escrito del candidato;

b) Certificado de nacimiento;

c) Constancia de residencia o vecindad, si el candidato propuesto no es originario del Estado;

d) Copia de la credencial para votar;

e) Currículum Vitae;

f) Domicilio en el Estado de Yucatán, y

g) Las demás constancias que acrediten la idoneidad para el ejercicio del cargo.

Se señala también que el período para presentar propuestas comprende del viernes 5 febrero al viernes 19 de febrero de 2010, en días hábiles, por lo que vencido este término, concluirá esta etapa y en la misma se especifica que las propuestas deberán presentarse en la Oficialía Mayor del Congreso del Estado de Yucatán, sito en el predio marcado con el número cuatrocientos noventa y siete de la calle cincuenta y nueve por cincuenta y ocho de esta ciudad, en horarios de oficina de 9:00 a 16:00 hrs.

 

 

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