Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente

Habrá debate por Yucatán y Mérida: IPEPAC

Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente

Habrá debate por Yucatán y Mérida: IPEPAC

lizzete-cetz-cancheMérida, Yucatán, a 22 de mayo de 2012.- La consejera electoral, Lissette Guadalupe Cetz Canché confirmó que entre los días 4 y 22 de junio próximo se realizarán dos debates; uno entre los candidatos a gobernador del Estado y otro entre los candidatos a la alcaldía de Mérida.

Precisó que el primer debate será entre los candidatos a gobernador, motivo por el cual, los consejeros electorales sostuvieron ayer la primera reunión con los representantes de cada uno de ellos, a quienes se les presentaron tres proyectos: De Protocolo, Programa de trabajo y Metodología para la realización del debate.

Anunció que los representantes de los candidatos tienen de plazo el jueves 24 de mayo para presentar sus observaciones y comentarios a fin de que el próximo lunes 28, se reúnan de nuevo para tomar los primeros acuerdos, entre los que se contemplan, fecha, hora, lugar y moderador.

En relación con las propuestas, sugerencias y comentarios de algunas organizaciones civiles y empresariales, Cetz Canché aseguró que todas serán tomadas en cuenta para enriquecer la organización del debate, aunque dejó en claro que finalmente quienes tomarán los acuerdos serán únicamente los representantes de los candidatos y los consejeros electorales.

Por otra parte, el Consejo General del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (IPEPAC), declaró improcedente por infundada la queja interpuesta por Felipe Audomaro May Itzá, representante propietario del PAN ante el Consejo Municipal de Tecoh, en contra de Rolando Zapata Bello, Dafne López Martínez y Raúl Quintal Carvajal por la probable comisión de alguna falta violatoria de la Ley Electoral.

El denunciante acusó a los ciudadanos antes mencionados de haber colocado propaganda política en lugares prohibidos en el municipio de Tecoh y para sustentar su dicho, únicamente aportó como prueba 32 fotografías que fueron considerados documentos simples que no crean convicción en cuanto a lo señalado y por tanto, es imposible acreditar la responsabilidad de los acusados.

La resolución aprobada por unanimidad por los consejeros electorales en la sesión extraordinaria, precisa que el denunciante no hace una explicación exacta y razonada de los hechos que se pretenden demostrar con las fotografías, ni acredita las circunstancias de modo, tiempo y lugar.

Facebook
Twitter
LinkedIn