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Paridad de género en candidaturas

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Paridad de género en candidaturas

Los diputados aprobaron ayer reformas a la Constitución Política del Estado, a la Ley de Procedimientos Electorales y a la de Partidos Políticos, con las que se garantiza la paridad de género en la asignación de candidaturas para los 106 Ayuntamientos, en sus dimensiones horizontal y vertical.

Lo anterior implica que los partidos políticos deberán proponer en sus candidaturas, de forma alternada, el 50 por ciento de mujeres y 50 por ciento de hombres para los cargos de alcaldes, síndicos y regidores.

congresoAdemás, tendrán que presentar el mismo número de candidatas mujeres y de candidatos hombres a la presidencia municipal de los Ayuntamientos. Por ejemplo, en caso de que se presentaran candidatos a los 106 Ayuntamientos, tendrían que ser 53 candidatas mujeres y 53 hombres.

La presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Celia Rivas Rodríguez (PRI), calificó la aprobación como “un hecho histórico” y un avance hacia la igualdad, ya que en cuanto a la paridad vertical, las modificaciones a la Carta Magna del Estado disponen garantizar la paridad de género en la asignación de candidaturas para Ayuntamientos; los partidos políticos deberán proponer en sus candidaturas el 50 por ciento de mujeres y 50 por ciento de hombres para el cargo de alcaldes, síndicos y regidores.

—Es un gran avance hacia la igualdad, cuando un candidato sea hombre el segundo será mujer y así se irá intercalando, y en caso de que inicie con una mujer el siguiente será hombre; estos dictámenes pasan a los Cabildos de los diferentes Ayuntamientos para su aprobación y su entrada en vigor, expuso.

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