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Fiscalía “maquilla” crímenes de odio

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Fiscalía “maquilla” crímenes de odio

celia-rivas-rodriguez-fgeMérida, Yucatán, a 08 de febrero de 2013.- La Fiscalía de Yucatán incurre en homofobia y discriminación, lo cual, además de ser violatorio de derechos humanos, obstaculiza las investigaciones y la correcta tipificación de los delitos, agravia a la víctima y, lejos de erradicar, puede alentar crímenes de odio, señalaron en un comunicado Oasis San Juan de Dios y el Equipo Indignación.

En noviembre de 2012 fue asesinado el pintor estadounidense, radicado en Mérida, Samuel Woodruff. A partir de su asesinato, diversos medios de comunicación han citado y publicado declaraciones de la Fiscal General del estado en el sentido de que una de las líneas de investigación está ligada al “crimen pasional”, haciendo referencia expresa a la orientación homosexual de Woodruff.

Como parte de la información que ha proporcionado la Fiscalía también se ha dado a conocer la condición de seropositividad de la víctima. Ante estos hechos, Oasis de San Juan de Dios, organización dedicada a la defensa y promoción de los derechos humanos de las personas que viven con VIH/sida, presentó en noviembre pasado una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del estado de Yucatán por trato discriminatorio, difusión indebida de datos personales y violación al derecho a la confidencialidad, iniciándose la gestión 817/2012.

Como parte de ese procedimiento, la Fiscalía ha respondido a la queja, negando la existencia de hechos discriminatorios. No obstante, diversas notas periodísticas aparecidas en días posteriores al homicidio, evidencian un lenguaje homófobo y discriminatorio por parte de la Fiscalía al momento de referirse a las líneas de investigación y posibles motivos del asesinato de Woodruff, las cuales han sido reiteradas ahora, al presentar ante los medios de comunicación al presunto responsable, práctica que ha sido cuestionada por organismos de derechos humanos.

En este caso, además de incurrir en esa indebida práctica, sostienen en el comunicado, la Fiscalía incurre en dos tipos distintos de discriminación y afectación a la vida privada de quien en vida llevara el nombre de Samuel Woodruff, pero que además tienen efectos discriminatorios generales hacia personas con una orientación homosexual, así como hacia quienes viven con VIH/Sida:

1.- Por una parte, el sesgo discriminatorio que se le da a la víctima al señalar que su muerte tiene motivos pasionales, ligados a su orientación homosexual. Lo anterior es grave toda vez que, pareciera ser que es precisamente esa conducta homosexual la que acarreó su muerte. Expresiones de esa naturaleza minimizan el homicidio, parecen justificarlo, y suelen encubrir, ocultar, crímenes de odio por homofobia. Los crímenes homofóbicos no se denuncian. Calificarlos como “crímenes pasionales” no contribuye en nada a la investigación y sí refuerza estereotipos, desalienta la denuncia e incluso desestima la investigación. Detrás del calificativo de “crímenes pasionales” se esconden crímenes de odio que dejan de investigarse. Este hecho refuerza el sistema patriarcal y autoritario que se opone a todo aquello que se salga de o se revele a la norma establecida, genera discriminación hacia las personas que tienen relaciones homosexuales e invisibiliza una realidad lacerante que se vive en Yucatán que es el alto índice de crímenes de odio por homofobia que enfrenta la entidad.

2.- Por otra parte, resalta el hecho de que la propia fiscalía dio información en torno al estado serológico de la víctima, hecho de sumo grave toda vez que pareciera criminalizar, no sólo las relaciones homosexuales, sino el VIH/SIDA, además de invadir la vida privada de una persona generando información sobre un dato que no tendría por qué ser del dominio público.

Lo anterior genera estigma y discriminación, no sólo en el presente caso, sino hacia todas las personas que viven con VIH/Sida Al respecto, las organizaciones firmantes recordamos que el artículo 1 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece el derecho a la no discriminación, y de manera específica la prohibición de discriminación por preferencias sexuales, hecho que obliga a toda autoridad pública, no sólo a no discriminar, sino a establecer medidas que combatan las históricas discriminaciones que han padecido muchos grupos sociales.

El plantear la orientación sexual, ligada al crimen pasional como una hipótesis de investigación y hacer aparecer ante la sociedad que esta fue la causa del homicidio, significa una discriminación por orientación sexual.

Cabe resaltar que esta práctica de ligar los crímenes de odio por homofobia con el crimen pasional ha sido sistemática por parte de las autoridades, fundamentalmente, de las encargadas de investigar los delitos. La Fiscalía tiene la obligación de investigar con diligencia, sin incurrir en discriminación, y de tipificar el crimen adecuadamente y de acuerdo con su gravedad.

El gobierno del Estado tiene la obligación de promover todas las acciones que erradiquen los crímenes de odio por homofobia. Tanto la Codhey como la Fiscalía tienen la obligación de establecer criterios generales que eviten que los órganos encargados de la investigación de los delitos, y en general cualquier autoridad, haga públicos datos confidenciales como lo es el ser portador de VIH, así como de generar criterios que eviten la práctica sistemática que tiene la Fiscalía de tratar los crímenes de odio por homofobia como crímenes pasionales y difundirlos como si se tratara de un castigo.

Las y los medios de comunicación tienen una gran responsabilidad. El tratamiento que den a la información puede contribuir a combatir estereotipos y erradicar la discriminación o bien puede reforzar la homofobia. Sin embargo, Yucatán no cuenta aún con una instancia para monitorear, hacer recomendaciones o sancionar el lenguaje discriminatorio en medios de comunicación.

Al calce firman: Oasis de San Juan de Dios A.C. y Equipo Indignación A.C.

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