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Gobierno reglamenta uso de teatros

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Gobierno reglamenta uso de teatros

teatro-peonMérida, Yucatán, a 04 de octubre de 2013.- A fin de normar el uso y disfrute de los recintos culturales de la Secretaría de la Cultura y las Artes (SEDECULTA), el Gobierno del Estado publicó este jueves el Decreto 112, en el cual se establecen y detallan las medidas que se aplicarán en beneficio de los usuarios de esa infraestructura social.

La SEDECULTA informó que el Decreto 112 del Estado de Yucatán, publicado en el Diario del Oficial del Gobierno del Estado, otorga vigencia al Reglamento Interior de Teatros acorde a lo expresado en el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018, que señala como responsabilidad del Poder Ejecutivo la reglamentación que garantice el uso adecuado de dichos espacios.

Así, se busca consolidar la infraestructura cultural con programas de mantenimiento, ampliación y creación de recintos que multipliquen y diversifiquen la oferta, a la vez promover el uso intensivo de los espacios convencionales y alternativos en la presentación de eventos artísticos, conforme a lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo.

La nueva normatividad cuenta con cinco capítulos y 52 artículos, en los que se detallan las medidas y procedimientos que se aplicarán para la conservación, mantenimiento y acceso de terceros a las instalaciones; de igual manera prevé sanciones para los funcionarios públicos que incumplan las estipulaciones.

Al tratarse de una reglamentación interior es de observancia obligatoria para los servidores públicos de la SEDECULTA, artistas, arrendatarios, espectadores y en general toda persona física o moral que haga uso de las instalaciones.

El Reglamento Interior robustece la normatividad en materia de protección civil, pues garantiza que los teatros contarán con las medidas necesarias para salvaguardar la integridad física de las personas que hagan uso de sus instalaciones, así como la protección de los mismos.

Otro aspecto que representa un avance en cuestión de accesibilidad estriba en que se detallan las condiciones que deben privar para que personas con alguna discapacidad tengan preferencia y se garantice el disfrute de las presentaciones en los recintos teatrales.

Con esa norma se establecen los lineamientos para que los particulares puedan presentar espectáculos artísticos y culturales, además de eventos que encuentran armonía con un interés público, educativo o cívico. Asimismo, el documento puntualiza los criterios para la programación de éstos.

La SEDECULTA precisa que conforme a la legislación vigente, corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) recaudar el cobro por utilización de los recintos y, de ser el caso de los artistas o instituciones educativas que lo soliciten, aplicar los esquemas de descuentos y exenciones de pago previstos.

Ya que los teatros constituyen espacios formativos y de convivencia donde los individuos pueden participar libremente en actividades que enriquecen su desarrollo artístico, cultural, intelectual y educativo, el Reglamento Interior de Teatros permitirá mejorar su conservación y mantenimiento, al tiempo que garantiza el uso adecuado de las instalaciones y que un mayor público disfrute de los eventos que se programen.

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