Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente

Instalan 30 retenes con alcoholímetro en carreteras

Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente

Instalan 30 retenes con alcoholímetro en carreteras

reten-merida La Secretaría de Seguridad Pública (SSP), en coordinación con las corporaciones policiacas municipales, ha desplazado en esta temporada vacacional unos 30 retenes con dispositivos de alcoholímetros para prevenir accidentes en los principales sitios de afluencia de paseantes.

Autoridades que implementan estos dispositivos mencionaron que los retenes se encuentran emplazados en entronques carreteros de Progreso, Celestún, Sisal, Telchac Puerto, Río Lagartos y El Cuyo, así como en zonas arqueológicas y ciudades de mayor atracción de paseantes.

La medida de prevención contribuyó a reducir el número de percances en el Estado en un siete por ciento durante el año pasado, con respecto de 2012, de ahí que la medida ha sido aceptada y recomendada por el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (Conapra) y la filial en Yucatán.

Pruebas de alcoholimetría

Durante 2012 se aplicaron en Mérida cerca de seis mil pruebas de alcoholimetría, de los cuales cerca del ocho por ciento rebasó la norma de 40 miligramos-mililitros, es decir, el conductor no estaba en condiciones de manejar.

En 2013 se aplicaron cinco mil 500 pruebas de alcoholímetro, de los cuales resultaron positivos cerca de un tres por ciento, lo que refleja que cada vez más conductores respetan el Artículo 107 del reglamento de tránsito, el cual prohíbe conducir bajo los influjos del alcohol o de alguna droga.

El secretario técnico del Consejo Estatal de Prevención de Accidentes, Saúl López Quintal, explicó que la aplicación del alcoholímetro depende de dos fases, la primera, detecta si hay aliento alcohólico del conductor, y la segunda, se coloca la pipeta que mide la cantidad de dicha sustancia etílica en la sangre.

Los equipos que se utilizan son Drager e Intoxilaizer, los cuales fueron certificados por el Conapra como dispositivos confiables y eficaces en la medición de grados de alcohol.

De ley

El Artículo 107 prohíbe conducir un vehículo a cualquier persona que haya ingerido alcohol o bajo la acción de cualquier enervante, aunque por prescripción médica esté autorizado.


Fuente: Sipse

Facebook
Twitter
LinkedIn